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Regularización de construcciones 📅 22 de septiembre, 2026 ⏱ 8 min de lectura

Verificador común SUNARP, ad hoc y catastral: cuál necesita tu trámite

JQ
Ing. Jaime Quijandría
Ingeniero Civil · Geonova Perú · Más de 8 años en saneamiento físico-legal
✓ Verificador SUNARP

En los registros de SUNARP conviven tres figuras con el mismo apellido —verificador común, ad hoc y catastral— y no son intercambiables. Cada una nace de una norma distinta, admite a profesiones distintas y firma documentos distintos. Confundirlas cuesta caro: un expediente firmado por quien no corresponde se observa, y hay predios que necesitan dos informes y entran con uno solo. La regla corta es que tu declaratoria de fábrica la firma un verificador común SUNARP, pero conviene saber por qué.

📌 Qué cubre este artículo
Aquí distinguimos las tres figuras y su base legal. Si lo que quieres es comprobar a un profesional concreto, eso está en cómo hacer la consulta de verificadores en SUNARP; y si buscas contratar, en nuestra página de verificador SUNARP.

La respuesta corta: cuál necesitas

Si lo que quieres es que tu construcción figure en la partida registral —una declaratoria de fábrica, una independización, una subdivisión o el levantamiento de una carga técnica—, el profesional que firma es el verificador común. En la inmensa mayoría de los casos, con eso está resuelto.

Tres preguntas para saber qué verificador de SUNARP necesita cada trámite: común, ad hoc o catastral
Tres preguntas en orden. La primera resuelve casi todos los casos.

Las otras dos figuras existen para situaciones concretas: el ad hoc aparece cuando el predio está en una zona con régimen especial, y no en lugar del común sino además de él; el catastral pertenece a otro índice y a otro trámite.

Verificador común SUNARP: el que firma tu expediente

El Reglamento del Índice de Verificadores del Registro de Predios, aprobado por la Resolución 188-2004-SUNARP-SN, lo define como el profesional inscrito en la sección de verificadores comunes, autorizado para suscribir los formularios registrales y los documentos técnicos que se presentan ante el Registro de Predios.

Por su parte, el TUO del Reglamento de la Ley 27157 —el D.S. 035-2006-VIVIENDA— lo llama verificador responsable cuando dirige un trámite de regularización, y en su artículo 9 precisa qué certifica: que los planos que se adjuntan corresponden a la realidad física existente.

Qué firma, concretamente

  • ✓El Formulario Registral (FOR), que es el documento que abre el trámite.
  • ✓El Informe Técnico de Verificación, donde declara qué existe y desde cuándo.
  • ✓Los planos de ubicación y de distribución.
  • ✓La memoria descriptiva de la edificación.
  • ✓La declaración de si la construcción cumple o no los parámetros urbanísticos. Si no cumple, está obligado a decirlo, y SUNARP anota una carga técnica.

Desde 2019 hay además una obligación concreta: el artículo 12 le exige adjuntar una declaración jurada con firma certificada por notario en la que afirma que el predio no está en ninguno de los supuestos de improcedencia de la Ley 30830. Es su firma y su responsabilidad, no la tuya.

💡 Un dato que casi nadie conoce
No solo los arquitectos e ingenieros civiles pueden ser verificadores comunes. El reglamento admite también a ingenieros agrónomos, ingenieros agrícolas e ingenieros geógrafos, colegiados y habilitados. En la práctica la mayoría de las declaratorias de fábrica urbanas las firman arquitectos e ingenieros civiles, pero si en tu caso interviene un agrónomo o un geógrafo inscrito, está perfectamente habilitado.

Verificador ad hoc: no reemplaza, se suma

Aquí está el malentendido más extendido. El ad hoc no es «otro verificador entre los que puedes elegir»: es un especialista acreditado por una entidad del sector que interviene cuando el predio está sujeto a un régimen especial, y lo hace además del verificador responsable, no en su lugar.

Cuándo se suma un verificador ad hoc al común y qué entidades lo acreditan: Cultura, SERNANP, CENEPRED y Defensa, según el D.S. 008-2019-VIVIENDA
Cuando hace falta un ad hoc, el expediente lleva dos informes técnicos: el del verificador responsable y el suyo, en su especialidad.
⚠ Ojo con las fuentes desactualizadas
Muchos artículos sobre este tema todavía citan al INC, al INRENA y al Cuerpo General de Bomberos con INDECI. Esa lista es la del reglamento original del año 2000. El Decreto Supremo 008-2019-VIVIENDA modificó los artículos 10, 11, 12 y 13 y actualizó las cuatro entidades. La lista vigente es la que sigue.
MateriaEntidad que acredita hoyCuándo aparece
Patrimonio culturalMinisterio de CulturaInmuebles declarados patrimonio cultural de la Nación.
Áreas naturales protegidasSERNANPPredios dentro de un área natural protegida.
Seguridad de la edificaciónCENEPREDEdificaciones de más de cinco pisos, centros y galerías comerciales, campos feriales, establecimientos de hospedaje y edificios de concentración masiva.
Zonas de fronteraMinisterio de DefensaPredios ubicados en zona de frontera.

El supuesto de CENEPRED es el que más gente pisa sin saberlo

Los tres primeros casos son evidentes: uno sabe si su casa está en el centro histórico, dentro de un área protegida o en la franja de frontera. El de CENEPRED no, porque no depende de dónde está el predio sino de qué es: si tiene más de cinco pisos, si funciona como galería comercial, como hospedaje o como local de concentración masiva, el expediente necesita ese informe adicional.

💡 La excepción del dúplex, literal en la norma
El artículo 11 trae un supuesto muy concreto que ahorra un trámite entero: una vivienda de seis pisos con dúplex en el quinto y sexto no requiere el pronunciamiento de CENEPRED siempre que la circulación común llegue solo hasta el quinto piso. Es decir, si la escalera o el ascensor comunes terminan en el quinto y el sexto se alcanza por dentro del departamento, el edificio no se trata como de más de cinco pisos para este efecto.

Y hay una obligación del ad hoc que conviene conocer antes de contratarlo: el artículo 13.3 le exige registrar como observaciones las transgresiones a las normas de protección de la materia que le toca. No es un trámite de firma: si encuentra algo que incumple, lo anota.

Verificador catastral: otro índice, otro trámite

El verificador catastral no pertenece al Índice de Verificadores del Registro de Predios, sino a un registro propio del Consejo Nacional de Catastro, creado por la Resolución 03-2010-SNCP/CNC en el marco de la Ley 28294 del Sistema Nacional Integrado de Catastro Predial.

Su trabajo es el levantamiento catastral de predios en zona no catastrada, los planos y memorias que se derivan de él, la actualización de la información ante la entidad generadora de catastro y la gestión del Código Único Catastral. Nada de eso es una declaratoria de fábrica, y su firma no abre un trámite de regularización.

Cómo está regulado hoy

Ese reglamento de 2010 ya no se lee solo: fue modificado por la Resolución 02-2021-SNCP/CNC y, sobre todo, por la Resolución 002-2022-SUNARP-SNCP/CNC, del 27 de junio de 2022, que reescribió ocho artículos de la directiva y cambió la forma de inscribirse. Hoy el trámite puede hacerse en línea o presencialmente en una oficina registral, y exige:

  • ✓Certificado de habilitación profesional del colegio respectivo, con antigüedad no mayor a 30 días.
  • ✓Currículum vítae y declaración jurada de no estar impedido de ejercer la profesión.
  • ✓Aprobar una evaluación en línea con nota mínima de 14 sobre 20.
  • ✓Cinco años de experiencia en catastro, documentada.
  • ✓Capacitaciones acreditadas en materia catastral.

Las profesiones admitidas son ocho: arquitecto, ingeniero geógrafo, agrícola, agrónomo, civil y forestal, geógrafo e ingeniero topógrafo y agrimensor, todos colegiados y habilitados. Es, con diferencia, el índice más exigente de los tres: es el único que pide años de experiencia y el único que toma examen.

Los tres, lado a lado

Verificador común, ad hoc y catastral de SUNARP comparados: norma que los regula, qué hace cada uno y quién puede serlo
Cada figura nace de una norma distinta y admite a profesiones distintas.
TipoNorma que lo regulaQué documento emite¿Firma tu declaratoria de fábrica?
Verificador comúnReglamento del Índice de Verificadores, Res. 188-2004-SUNARP-SNFormulario Registral, informe técnico de verificación, planos y memoria descriptivaSí. Es el que dirige y firma el expediente.
Verificador ad hocReglamento de la Ley 27157, arts. 10 y 11, modificados por el D.S. 008-2019-VIVIENDAInforme Técnico de Verificación Ad Hoc, en su especialidadNo. Emite un informe adicional que se suma al del verificador responsable.
Verificador catastralRes. 03-2010-SNCP/CNC, modificada por la Res. 002-2022-SUNARP-SNCP/CNCLevantamiento catastral, ficha catastral y gestión del Código Único CatastralNo. Pertenece a otro índice y a otro trámite.

En celular esta tabla se convierte en tres tarjetas, una por tipo de verificador, con el nombre de cada dato encima.

Qué pasa si interviene el que no corresponde

  • ✕El título se observa. El registrador comprueba el índice y el tipo, y si no calza, el expediente no se inscribe.
  • ✕Pierdes la tasa registral. Lo pagado a SUNARP por ese título no se devuelve.
  • ✕Pierdes la prioridad registral. Si en el intermedio ingresa otro título sobre el mismo predio, ese entra primero.
  • ✕El trabajo técnico se rehace. Los planos van respaldados por la firma de quien los sustenta.
  • ✕Si faltaba un ad hoc, se suma un plazo nuevo. Conseguir la acreditación de la entidad del sector no es cosa de días.

Cómo se inscribe un profesional en el índice

Esta parte le interesa sobre todo a colegas, pero conviene conocerla también como propietario, porque explica qué respalda esa inscripción. El trámite está regulado por la Directiva DI-005-2021-SNR-DTR, aprobada por la Resolución 194-2021-SUNARP/SN, que ordenó en una sola norma la inscripción de las tres categorías.

La solicitud es electrónica e incluye los datos personales, el número de colegiatura y la especialidad, una declaración jurada de que se cumplen los requisitos, y el sello y la firma digitalizados. El verificador ad hoc, además, debe adjuntar la resolución de la entidad que lo acredita, que es precisamente lo que lo distingue del común. Al aprobarse, SUNARP emite una credencial electrónica.

Sobre la vigencia hay una confusión frecuente: el Reglamento del Índice establece que la inscripción es a plazo indeterminado, aunque SUNARP puede cancelarla si dejan de cumplirse las condiciones que la sustentaron. Lo que sí caduca y se renueva es la habilitación en el colegio profesional, y esa es la que hay que comprobar antes de cada firma.

Cómo compruebas de qué tipo es el tuyo

No hace falta preguntarle: está publicado. En el Índice de Verificadores de SUNARP, la columna TIPO dice si es común, ad hoc o catastral, y la columna SEDE en qué zonas registrales tiene alcance. La consulta es gratuita, se hace por apellidos y nombre —nunca por número de colegiatura— y toma dos minutos.

El paso a paso completo, con lo que significa cada columna del resultado, está en nuestra guía de la consulta de verificadores.

✓ Si quieres saltarte todo esto
Somos tres verificadores comunes inscritos en el Índice de Verificadores de SUNARP. Revisamos tu partida, te decimos qué trámite corresponde —y si tu predio necesita además un ad hoc— antes de cobrarte nada. El trámite completo está explicado en la guía de la declaratoria de fábrica, y los precios en la página de declaratoria vía regularización.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es un verificador común SUNARP?
Es el profesional colegiado y habilitado, inscrito en la sección de verificadores comunes del Índice de Verificadores del Registro de Predios, autorizado para suscribir los formularios registrales y los documentos técnicos que se presentan ante SUNARP. Es quien arma y firma el expediente de una declaratoria de fábrica por regularización: levantamiento, planos, memoria descriptiva e informe técnico de verificación.
¿Solo los arquitectos e ingenieros civiles pueden ser verificadores comunes?
No. El Reglamento del Índice de Verificadores del Registro de Predios, aprobado por la Resolución 188-2004-SUNARP-SN, admite a arquitectos, ingenieros civiles, ingenieros agrónomos, ingenieros agrícolas e ingenieros geógrafos. En la práctica, la inmensa mayoría de las declaratorias de fábrica las firman arquitectos e ingenieros civiles.
¿Cuál es la diferencia entre verificador común y ad hoc?
El verificador común dirige el trámite y emite el Informe Técnico de Verificación. El ad hoc es un especialista acreditado por una entidad del sector que emite un Informe Técnico de Verificación Ad Hoc en su materia, cuando el predio está en una zona con régimen especial. No se elige entre uno y otro: cuando hace falta un ad hoc, intervienen los dos.
¿Un verificador catastral puede firmar mi declaratoria de fábrica?
No. El verificador catastral pertenece a otro índice, regulado por el Consejo Nacional de Catastro mediante la Resolución 03-2010-SNCP/CNC, modificada por la Resolución 002-2022-SUNARP-SNCP/CNC. Su trabajo es el levantamiento catastral de predios en zona no catastrada, las fichas catastrales y la gestión del Código Único Catastral. No suscribe el Formulario Registral de una regularización.
¿Cuándo necesito un verificador ad hoc?
Según el artículo 11 del Reglamento de la Ley 27157, modificado por el Decreto Supremo 008-2019-VIVIENDA, lo acreditan cuatro entidades: el Ministerio de Cultura para inmuebles declarados patrimonio cultural, el SERNANP para áreas naturales protegidas, CENEPRED para la seguridad de edificaciones de más de cinco pisos, centros y galerías comerciales, campos feriales, hospedajes y edificios de concentración masiva, y el Ministerio de Defensa para zonas de frontera.
Mi edificio tiene seis pisos, ¿necesito el informe de CENEPRED?
Depende de cómo llega la gente al sexto. El artículo 11 del reglamento, modificado en 2019, exceptúa expresamente a las viviendas de seis pisos con dúplex en el quinto y sexto, siempre que la circulación común llegue solo hasta el quinto piso. Si la escalera o el ascensor comunes terminan en el quinto y al sexto se sube por dentro del departamento, no se requiere ese pronunciamiento.
¿La inscripción de un verificador vence?
El Reglamento del Índice establece que la inscripción es a plazo indeterminado, aunque SUNARP puede cancelarla si dejan de cumplirse las condiciones que la sustentaron. Cosa distinta es la habilitación en el colegio profesional, que sí caduca y se renueva periódicamente: esa es la que conviene comprobar antes de que alguien firme.
¿Cómo sé de qué tipo es el verificador que me ofrecen?
En el Índice de Verificadores de SUNARP, la columna TIPO lo dice: verificador común, ad hoc o catastral. La consulta es gratuita, se hace por apellidos y nombre, y toma dos minutos.

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